Se ordena "que se presten las colgaduras desta santa yglesia para las fiestas de la Virgen del Rosario y san Pedro Martir".
Se acuerda que los señores contadores de hacienda libren al señor canónigo don José Manuel Peralta lo necesario para "los pleytos tocantes a los autos ordinarios de la Real Audiencia ganados por el rector y collegio de Fonseca y el rector y claustro de dicho collegio".
Se acuerda que "el señor dean junte en diputacion los señores capitullares de oficio para ver lo que se ha de obrar con el memorial que hico" el señor don Juan Yáñez de Parladorio, canónigo doctoral, "para haver de darse a su Magestad para que se sirva mirar por las caussas del estado eclesiastico y hacer baja del subssidio y excusado mediante las bajas de moneda y la suma pobreza deste Reyno y que las rrentas han minorado las tres partes".
Se acuerda que "no ha lugar a lo que piden en sus memoriales Francisco de Neira y Juan de Lojo".
El ministril de instrumento de bajón Francisco de Neira suplicaba "se le acresentase el salario" y el misario Juan de Lojo suplicaba "se le diesse un ynstrumento de vajon y maestro que se lo enseñase".
Se acuerda y manda que "el ajente desta santa yglessia pida en juicio a los herederos del racionero don Balthasar Fernandez de Luazes" "que reparen la cassa de la Rua del Villar donde vivio".
Se acuerda y manda "que se pongan zedulas a la mayordomía desta santa yglessia en todas las partes que fuere necessario, anssi en este Reyno como fuera del".
Se acuerda que "los musicos que hicieren menos falta en esta santa yglesia y eligiere el maestro de capilla, puedan ir a una fiesta a la villa de Pontevedra", tal y como solicitaban unos caballeros de dicha villa.
Se acuerda poner "enbargo en las ojas del racionero don Bernardo Fernandez de Luazes en poder del mayordomo"
Pontevedra, villa de
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Se encomienda al canónigo Alonso Vélez, vicario, la fortaleza de Pontevedra, que ha de nombrar persona para que la repare y haga el juramento y pleito homenaje acostumbrados, y que el canónigo Posada, visitador de hacienda, la visite y traiga relación al cabildo, y, asimismo, se nombra al licenciado Ruiz de Alburquerque, alcaide de dicha fortaleza.
El canónigo Juan Fernández de Castro nombra al licenciado Ruiz de Alburquerque juez de residencia.
Se aprueba el nombramiento hecho por el Doctor Aldaña de Alonso de Antelo como alguacil de residencia.
Se da fe y testimonio de cómo ninguno de los escribanos llamados del cabildo acudió al cabildo de la fecha
Se ordena que se escriba una carta al doctor Francisco de Villafañe, y otra a don Antonio de Castro, para saber si podrá acudir a hacer las diligencias necesarias en el pleito que se tiene con la Congregración.
Se ordena a don Antonio de Cisneros que pague a Juan Pimienta, vicario que ha sido de Salvaterra, el salario que resta del tiempo que sirvió dicha vicaría, y que no pague a Francisco de Barros, intruso en esa vicaría, si no fuese compulsado por autoridad de justicia.
Se ordena a don Antonio de Cisneros, en camino a Pontevedra, que se acerque a Salvaterra y concierte el reparo del coro de su iglesia