Se suspende para el día siguiente el examen de magisterio de capilla de Antonio Carreira, maestro de capilla de la catedral de Braga
Maestros de capilla
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Se otorga de manera perpétua al maestro de capilla de esta santa iglesia, 550 ducados "con las cargas y obligaciones de su prebenda y con cuento y descuento en ella" y con la "condición que a su tiempo según constitución haga los ejercicios de música en los claustros desta santa iglesia en la forma que se solía y acuda también con la capilla a las misas de nuestra señora la Preñada a los sábados". Descontándole al maestro de capilla "cada falta a dicha misa, ocho reales y a los demás músicos cuatro reales".
"Atendiendo a lo muy ocupado que se halla el señor don José Verdugo en las obras de la fábrica desta santa iglesia, ordenaron que de aquí en adelante el segundo día de agosto de todos los años en la elección de oficios, se nombren también dos señores por cuya cuenta corra el recoger la nieve necesaria para el verano para que no haya falta della". Nombrando para este año para dicho oficio a los señores don Francisco Carrillo, arcediano de Trastámara y al canónigo don Antonio de Briñas y Landíbar y entregándoles el dinero necesario para recoger la dicha nieve.
Se conceden cinco días de cuento al señor canónigo don Ignacio Zapata, por la "defensa del iglesario de la iglesia de Carcacía".
Se ordena que "la música vaya a Padrón a la fiesta de la capilla del señor doctor tesorero don Francisco Sanmamede de la Pena y Montaos". Dicha capilla fue realizada "por orden y devoción del señor obispo de Quito, su tío, inclusa en la iglesia colegial de Santa María de Iria Flavia del Padrón"; pidiendo además que "se le presten algunas cosas y aliños desta santa iglesia" para dicha fiesta.
Se manda al regidor Juan de Sanmartín Pascual que "por cuenta de la media prebenda que gozan los acólitos y misarios le pague 24 reales" a Esteban de Senao, acólito de la capilla mayor
Se ordena que el canónigo Antonio de Cisneros, depositario de Granada, pague tres ducados a Ignacio de Vaamonde por haber pintado el cirio pascual del presente, dado que la pintura es diferente a la de otros años.
Se ordena, a petición del arcediano de Reina, que se escriba a Su Santidad, para que la coadjutoría de aquél se pase a favor del licenciado don Antonio de Castro.
Se ordena que el maestro de capilla cumpla con el auto antecedente por el que se le compelía a cumplir con sus obligaciones en lo relativo a los seis niños del coro, y que reciba una docena de ducados.
Se ordena a los cardenales Salazar y Ruiz de Durana que pongan a oficio a Domingos González, mozo de coro que ayuda en misa en la capilla de don Lope
Se cita al cabildo con "una Real Zedula de enplacamiento del Consejo Real ganada a instancia del señor cardenal Rojano, cesonario de la reverenda camara Apostolica en el pleyto que litiga con don Juan Lopez".
Se acuerda ver "la fundacion de las memorias del señor canonigo Anibal Rodriguez para nombrar señor administrador della por muerte del señor canonigo don Bernardo Gonzalez".
Se ordena proseguir "la caussa de oficio que esta echa contra los lizenciados Amaro Gil y Juan Rodriguez de Leon sobre la alteracion y pendencia que tubieron dentro desta santa yglessia".
Se nombra al licenciado y capellán del coro Pedro de Zaldíbar, "fiscal para la caussa echa contra los lizenciados Gil y Leon".
Se acuerda que después de "tomadas las quentas de la fabrica del cargo del señor cardenal don Manuel Patiño", vuelva a solicitar el pintor don Antonio Montanero los "dos mill reales de obras que hico de pinturas para" esta santa iglesia.
Se acuerda que el maestro de obras Domingo de Andrade "haga la planta para la cassa de la Rua nueba" tal y como solicitaba el padre abad de San Martín.
Se ordena al licenciado Antonio Carrera, capellán de la santa misericordia, "acuda al señor administrador de la misericordia" "para que le pague lo que se le deviere" de unas misas que ha dicho.
Se manda a Ignacio Rodríguez de Castro, administrador del dinero de la capilla de la música, pagar doscientos reales de ayuda de costa a Juan Antonio de Baña, músico tiple.
Se manda a Ignacio Rodríguez de Castro, administrador del dinero de la capilla de la música, pagar quinientos reales de ayuda de costa al maestro de capilla fray José Baquedano por "la ynpresion de los villansicos de las pasquas de Navidad".
"Profesion de la fee que hizo el señor canonigo don Antonio Vazquez Vermudez" y jura de "guardar los estatutos y loables costumbres desta santa yglessia"
Se ordena a Pedro de Losada Fonseca, escribano de Su Majestad que asiste en el archivo de esta santa iglesia, "parta a notificar una real provisión carta" de la Real Chancillería de Valladolid "a doña Constanza Romero de Sotomayor, viuda que fincó del capitán don García de Caamaño, que vive en la villa de Noia", sobre el pleito que se litiga con ella por los bienes que posee en el coto de Sabardes.
Se resuelve que el señor deán prosiga en la administración de Valladolid por otros tres años.
Se notifica al maestre de capilla para que "cumpla en todo con la obligación que le pertenece por su oficio y en orden a ello esté a disposición del señor don Juan de Llanos y Astorga, arcediano de Salnés".
Se notifica en el día 14 de marzo de 1672 al señor canónigo maestre de capilla la resolución tomada en este auto capitular de 10 de marzo
Se acuerda dar la enhorabuena al señor don Gonzalo de la Escalera, cardenal desta santa iglesia, por su plaza en el consejo de la santa inquisición.
Se otorga poder al señor canónigo don José Mera para entregar "los papeles y ejemplares" que solicita la iglesia de Burgos para el pleito que litigan con otras iglesias por "el pontifical de los señores arzobispos que murieren en ella".
Se acuerda entregar 1.000 reales de limosna ordinaria "al padre guardián del convento de San Francisco, extramuros desta ciudad" por la "necesidad con que se halla dicho convento".
Se acuerda entregar 800 reales de limosna "al padre guardián de San Lorenzo, extramuros desta ciudad", por la "necesidad en que se hallaba su convento".
Se acuerda que "la primera paga del subsidio deste año se reparta a dos diezmas".
Se acuerda que el señor maestro de ceremonias le informe al señor arzobispo los días que hay disponibles para que pueda realizar su plática espiritual.
Se acuerda poner en el archivo los dos memoriales impresos enviados por el agente de Valladolid relativos al "pleito que se litiga con el patrón de la capilla de Alba", realizados por el señor Juan Cid, uno de los jueces del dicho pleito. Informándoles además de la muerte del dicho juez.
Se admite por niño "uno de los seises del coro a Juan del O". Ordenando que el maestre de capilla "le asista como los demás" y el maestro de ceremonias le haga "la ropa que se acostumbra"
Se acuerda despachar título "de un oficio de regidor de la villa de Pontevedra a favor de don Alonsso Freyre", en conformidad de la renuncia realizada por (espacio en blanco donde iría ese nombre).
Se acuerda que "no havía lugar" a lo solicitado por "Francisco Antonio dos Santos, arendatario que ha sido de los votos de Lugo y Lemos".
Se acuerda que "uno de los señores provisores haga llamar a algunos regidores desta ciudad para nombrar nuevo administrador de la santa misericordia" al constatar la larga enfermedad del señor maestrescuela don Diego Martínez de Yanguas.
Se acuerda que Ignacio Rodríguez de Castro "por cuya cuenta corre la cobranza y paga del dinero de la musica, pague zien ducados" de ayuda de costa a Francisco Martínez, "ministril de instrumento de Cornetilla desta santa yglesia", por las "muchas enfermedades que ha tenido y la familia de su cassa y hallarse con muchos enpeños".
Se acuerda que "Estevan de Senao, acolito de la capilla mayor, asista y sirva dicho acolitazgo asta que otra cossa sea ordenada por el cavildo".
Se manda a Francisco de Neira para que "enseñe el ynstrumento de vajon a Rosendo de Rioboo, misario de la capilla de las Reliquias".
En cuanto llegue a la ciudad el señor Zapata, se procederá a tomarle las cuentas de la fábrica a instancia del señor cardenal don Manuel de Silva Basurto, "uno de los fiadores del señor canonigo don Ignacio Zapata para la administracion de la Hacienda de la fabrica por tiempo de un año el qual estaba ya fenecido".
Se acuerda que "no ha lugar a quitar la multa" al licenciado Pedro de Seoane, uno de los capellanes mayores del coro de esta santa iglesia.
Se acuerda que no hay lugar a la ayuda de costa solicitada por el licenciado don Pedro Mareque, "por haver regentado cathedra de escritura en en tiempo que estubo vacante la prebenda desta facultad por muerte del señor doctor don Juan Guerra", al considerar que "es bastante la satisfacion que antes de aora se le ha dado".
Debido al "poco cuydado y asistencia que tiene Gregorio Caneda, luminario desta santa yglessia en encender las lamparas de la capilla mayor y mas della de su obligacion y que no arden de noche", se acuerda despedirle a él y a su hijo "y no sean admitidos si no fuere por gracia". Acordando también "que a los guardas por no haver dado quentas de que no se enzendían dichas lamparas y encubrirlo se les quite de su salario zien reales a cada uno" "y no se les puedan perdonar si no fuere tanvien por gracia y se les apercibe para lo adelante cunplan con su obligacion".
Se notifica por parte del señor vicario y del señor licenciado don Andrés Martínez de Loaisa que el "padre fray Joseph de Baquedano religioso trinitario calzado, maestro de capilla, les havía manifestado los despachos que trahia y lizencias del General de su orden y señor Nuncio para poder residir en esta santa yglesia".
Al informar que "havía persona que queria bender una hazienda en la feligresia de Zizan", se acuerda entregar un memorial de dicha hacienda y posteriormente "se tomara resolucion de mandar visitarla"
Se admite "por músico violín a Carlos Cesateli, en la conformidad que solía ser antes que se hubiera ido a Roma a dar estado a una hermana suya, con el mismo salario que antes tenía"; quedando "obligado a dar una hora de lección cada día en los violines a los mozos de coro y otros ministros de la capilla" que le propusiere el señor canónigo don José Verdugo.
Beate Jacobe "al maestro de capilla por las causas mencionadas en este auto capitular", debido "a la poca aplicación que siempre había tenido el maestro de capilla a todo lo que es de su obligación". Condenándolo a 50 ducados de beate jacobe y empleando dicha cantidad para traer "villancicos" desde Madrid.
Se ordena al depositario de Granada descontar 400 reales al licenciado Andrés de Cancio, al haber dejado de cantar el "himno del santísimo sacramento cada semana en la hora de su renovación como le estaba encargado por auto capitular de 17 de junio del año pasado de 1654". Rebajándole dicha cantidad de su salario "por tan notable omisión y descuido con que se sabe ha procedido".
Se ordena escribir al consejo y al señor presidente de Castilla para que pueda tener efecto "el visitador nombrado por el cabildo" y poder hacer la visita al colegio de San Clemente "y el señor vicario hable al señor arzobispo para que se sirva de cooperar".
Se ordena a Juan de Sanmartín Pascual, mayordomo capitular, pagar "a Pedro López, tonelero, vecino del barrio de Santa Clara, 100 reales por cuenta de la limosna ordinaria", como ayuda por el incendio de la casa en la que vive
Se da el primer tratado a la casa de la tenencia nueva de los beneficiados, sita en la rúa de Vilarente, para quien la quiera tomar en foro o arriendo.
Se señalan cincuenta ducados de salario anual a Jerónimo González, ministril, y que el maestro de capilla informe siempre de lo que va avanzando en la música.
Se aforan dos casas sitas en la villa de Padrón, pertenecientes a la tenencia de don Bernardo, de la que es tenenciero el canónigo Pedro Yáñez
Se ordena que se dé libranza para que el arcediano Samaniego, mayordomo de la mesa capitular, pague al canónigo Pedro Periáñez, maestro de capilla, treinta y cinco ducados, como parte de lo que ha de haber por los seis muchachos de coro que ha de tener en su casa.
Se ordena que el arcediano Samaniego, mayordomo capitular, haga cuenta con el maestro de capilla por el tiempo que éste tuvo a Gregorio de Reino, mozo de coro, acólito de la catedral de Santiago, al que se ordena cante al facistol, y, además, pague a dicho maestro a razón de treinta ducados por año, al igual que los demás acólitos, por el tiempo que fue tal mozo.
Se prohíbe de voto activo y pasivo a don Baltasar de Sandoval, desde el 12 de abril hasta el 29 de mayo próximo, debido a las palabras malsonantes que profirió