Después de leer una carta del señor don Martín de Mier, arcediano de Reina y administrador de los votos y rentas del partido de Granada en la que da cuenta "de que algunos deudores procurando eximirse de la paga forman pleytos de concursso de acrehedores ante las justicias ordinarias, las quales forman competencia con la jurisdicion del señor Juez" y notificando "el desorden de las justicias", solicitaba al cabildo que se escribieran "cartas a los señores de la camara para que patrocinen la causa tan justa y pia desta santa yglessia y tanvien del Ospital Real". Acordando escribir dichas cartas "y tanvien al señor canonigo don Joseph de Vega Verdugo que reside en Madrid para que las de por su persona".
Se manda al mayordomo capitular Pedro de Echandia librar al señor don Francisco José de la Espriella, "procurador general de las santas yglesias que asiste en la corte romana, 25 doblones en agradecimiento de la asistencia que tubo al pleito del Patronato y demas dello le remite la resta de lo que paraba en su poder". Acordando responder también "a la carta del arrendador de los votos de Zafra".
Propuesto solicitado para otro cabildo en el que se resuelva "un memorial de algunos estudiantes del arzovispado en que suplican al cavildo" les firmen "las reberendas que les ha dado el señor procurador Parladorio para ordenarse a titulo de capellanías", ya que llevaban muchos días "detenidos en esta ciudad".
Tal y como solicita el padre Vaquedano "que esta recivido por maestro de capilla desta santa yglessia", se acuerda escribir al "señor Nuncio para que le diesse lizencia para venir a servir la plaza de magisterio". Mandando a Ignacio Rodríguez de Castro, "por cuya cuenta corre la cobranza y paga del dinero del deposito de la Musica, le pague dos mill reales que se le libran por razon de ayuda de costa" para "hazer el viaje desde Madrid a esta ciudad".
Después de discurrir "sobre el asiento y lugar que se ha de dar en el choro a dicho Padre Baquedano maestro de capilla, se acordo se le diesse la ultima silla del coro del señor dean despues de las sillas de los señores canonigos coadjutores".
Se informa "que havía fallecido desta presente vida Pedro de Mas, pintor de la ymagen del Apostol señor Santiago y de las palmas y velas que se dan a los señores arzovispos y mas cossas que de ordinario se hazen de pinzel en esta santa yglesia". Nombrándose "en su lugar a Juan Estevez, pintor, para las mismas cossas y ejercicio y con el mismo salario de veinte ducados que gozaba cada año".
Después de recibir las quejas por parte de los señores secretarios de cámara respecto a que los "señores procuradores no despachaban con ellos las capellanias de los que pretendian ordenarse y otras cosas tocantes a sus oficios, sino ante los notarios de sus audiencias", se ordena "que de aquí adelante pasen los despachos de capellanías ante dichos señores secretarios de camara".
Aprovechando que el señor canónigo don Bernardo González "se halla visitador general del Partido de Salnes", se le nombra visitador ordinario del "convento de religiosas Agustinas Recoletas de Vistaalegre".
Lectura de un memorial de "don Antonio Jazinto de Voado y Castro y con el una dejacion que ha hecho don Jazinto de Castro en manos del cavildo de la conpañia de milicia de Quinta y Cordeyro que exercia y suplicaba al cavildo le hiciesse merced della". Acordando escribir al señor marqués de Villafiel, gobernador y capitán general de este reino, para que conceda al dicho don Antonio Jacinto el nombramiento de la referida compañía de milicia
Maestros de capilla
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Se escribe a los señores don Juan de Astorga, al cardenal Riquelme y al canónigo Verdugo, para apremiar la llegada del maestre de capilla, procedente de la capilla real de las Descalzas de Madrid.
Se decide aplazar hasta la vuelta del señor Verdugo, canónigo fabriquero de esta santa iglesia, sobre si sería conveniente darle más altura a la torre de las campanas.
Se da el segundo tratado a la tenencia de Juan Fernández das Canas, pujando por ella el canónigo don Blas de la Concha con 15.000 maravedís.
Se da poder para pleitos a los señores, el racionero Ochoa, don Bernardino de Oviedo, Domingo Fernández Campana y a los procuradores de la Real Audiencia
Se dan las gracias al cabildo por parte del señor canónigo don José Ozores y Sotomayor, en nombre del veedor general don Pedro Vázquez Torreiro, caballero de la orden de Santiago, por la permuta del coto da Balsa.
Se ordena escribir a las santas iglesias para que "ayuden a defender esta materia tan sensible y gravosa" "en razón del breve que la reina nuestra señora pretende alcanzar a instancia del convento jerónimo del Escorial" para reparar las ruinas de dicho convento.
Se ordena hacer una diputación para resolver y determinar la pretensión del señor maestrescuela don Álvaro de Zayas.
Se resuelve no otorgar el salario que solicitaba el señor canónigo don Ignacio Zapata por la jornada "a Salvaterra a ajustar la obra de la iglesia de dicho lugar".
Se manda al señor fabriquero entregar la plata de menos servicio y vieja del tesoro para realizar el trueque con el señor Antonio de Castrigo, platero de oro de esta ciudad, por "una fuente de plata de buena hechura, grande y dorada en el medio y bordes" .
Se decide proseguir "el pleito con el capitán Mateo de Losada" "de las casas de junto al convento de San Martín en que vivió el racionero Vedrelos".
Se manda a Juan de Sanmartín Faya, tesorero del depósito de la música, entregar 300 reales "al licenciado Marcos da Fraga Guitián, hijo de Marcos de Guitián, pincerna que fue desta santa iglesia" "para irse a Alcalá a proseguir sus estudios por se hallar huérfano y menesteroso".
Se manda al señor licenciado don Pedro Ochoa, racionero titular de esta santa iglesia, "vaya un día de cada semana a dar cuenta al cabildo del estado de los pleitos que tiene a su cargo".
Se pone perpétuo silencio al licenciado Domingo López de Goo, uno de los capellanes mayores, "para que no pretenda la sochantría" que estaba vacante.
Se manda al señor arcediano de Reina, don Martín de Mier, obrero y fabriquero desta santa iglesia, entregar 500 reales de ayuda de costa a "Simón da Costa, maestro de hacer campanas y su compañero" al haber tenido muchos gastos con las campanas realizadas para esta santa iglesia.
Se libran 100 reales de la media prebenda de acólitos y misarios a Andrés de Quintela, "acólito que ha sido de la capilla mayor del santo apóstol y ahora uno de los capellanes del coro menores", para hacer una sobrepelliz decente para servir en el coro.
Se manda a los contadores de hacienda, librar a don Juan de Ulloa, su agente en Madrid, "los gastos de la agencia".
Se manda al maestro de capilla cumplir con la obligación de su oficio, bajo pena de descuento.
Se notifica en este mismo día, 9 de agosto de 1672, al señor maestro de capilla don Diego Verdugo "el auto de arriba"
Se decide llamar por cédula "para tomar resolución sobre la demora que han tenido los señores legados que fueron a Madrid", "para saber si se les ha de dar cuento después de la regulación de días".
Se manda al señor don Diego Verdugo, maestro de capilla de esta santa iglesia, asistir "a los ejercicios de enseñanza de música y doctrina y cumpla en todo con la constitución" ya que "hasta aquí no lo ha hecho".
Se ordena "que de aquí en adelante no se den zapatos" a los que han dejado de ser mozos de coro, entregándoselos sólo "a los seis muchachos del coro que actualmente sirvieren en él".
Se decide hacer una diputación para tomar resolución "sobre el menoscabo en que iba la hacienda de Viana do Bolo".
Se ordena al señor chantre dar "una reprensión al luminario desta santa iglesia por no encender de ordinario las lámparas de la capilla mayor y en defecto de no enmendarse en ello será despedido"
Se admite "por músico violín a Carlos Cesateli, en la conformidad que solía ser antes que se hubiera ido a Roma a dar estado a una hermana suya, con el mismo salario que antes tenía"; quedando "obligado a dar una hora de lección cada día en los violines a los mozos de coro y otros ministros de la capilla" que le propusiere el señor canónigo don José Verdugo.
Beate Jacobe "al maestro de capilla por las causas mencionadas en este auto capitular", debido "a la poca aplicación que siempre había tenido el maestro de capilla a todo lo que es de su obligación". Condenándolo a 50 ducados de beate jacobe y empleando dicha cantidad para traer "villancicos" desde Madrid.
Se ordena al depositario de Granada descontar 400 reales al licenciado Andrés de Cancio, al haber dejado de cantar el "himno del santísimo sacramento cada semana en la hora de su renovación como le estaba encargado por auto capitular de 17 de junio del año pasado de 1654". Rebajándole dicha cantidad de su salario "por tan notable omisión y descuido con que se sabe ha procedido".
Se ordena escribir al consejo y al señor presidente de Castilla para que pueda tener efecto "el visitador nombrado por el cabildo" y poder hacer la visita al colegio de San Clemente "y el señor vicario hable al señor arzobispo para que se sirva de cooperar".
Se ordena a Juan de Sanmartín Pascual, mayordomo capitular, pagar "a Pedro López, tonelero, vecino del barrio de Santa Clara, 100 reales por cuenta de la limosna ordinaria", como ayuda por el incendio de la casa en la que vive
Se acuerda que el "repartimiento del subsidio debido a Su Majestad en este arzobispado, pagadera en fin de diciembre", se reparta a razón de dos diezmas.
Se acuerda que "no ha lugar a que venga a ser oído un organista" procedente de Madrid.
Se acuerda que "desde aquí en adelante en la concurrencia de las horas canónicas obedezcan en cuanto tocare a cantar lecciones antífonas y las demás cosas que están a cuenta del sochantre en cargarlas" y a quien no lo cumpla se le multará con 4 ducados. Multando con un Beate Jacobe de 4 ducados al señor racionero don Jacobo Pérez de Luaces, al rechazar una lección que se le había encargado en el coro.
Se ordena devolver la cruz de cristal que estaba en el altar mayor a la capilla de las santa reliquias, "pero que no por esto se impida que en las funciones desta santa iglesia se saquen de las santas reliquias las alhajas que fueren menester para adorno del altar mayor y demás fiestas que hubiere de hacer el cabildo".
Al no guardar la forma "que da la constitución en el tañir a los maitines y en el estilo de entrar en el coro a la hora de vísperas", se acuerda que "desde aquí en adelante ningún señor prebendado tenga facultad de hacer señal ni mandar hacerla en el coro para entrar en las horas sino es el sacristán del coro" y a quien no lo cumpla se le multará con un real de a ocho.
Al venir el señor don Ignacio Zapata, administrador de Valladolid, "a visitar el apóstol en este año del jubileo", "dió cuenta de lo obrado y lo que se le ofrecía en dicha administración".
Se nombra abogado en la Real Chancillería de Valladolid al señor don Agustín García, "en lugar del señor don Diego Carranza que fue promovido a la fiscalía de aquella Real Chancillería".
Se acuerda que el maestro de capilla tenga mucho cuidado con la puntualidad para la "misa de nuestra señora y salve que se canta todos los sábados en el altar de nuestra señora de la Preñada" y que "no se empiece a cantar sin estar todos los músicos juntos que será al callar la campana que hace señal" y quien no lo cumpliere se le multará con dos ducados de su salario.
Al tener noticia que se encontraban en la catedral familiares del señor nuncio destos reinos, se acuerda que el "señor vicario sepa qué personas son y si le pareciere conviene visitarles o regalos con alguna cosa, se le da facultad para ello".