Se decide que el señor canónigo fabriquero don José de Vega Verdugo parta a la villa de Salvaterra para ajustar las obras del coro de la iglesia.
Se ordena escribir a la reina nuestra señora "en razón de la ruina que tuvo a fundamentis la iglesia de la villa de Salvaterra a causa de la toma del rebelde portugués y por tener allí el cabildo una renta sinecura, le obliga el obispo de aquella diócesis a que la reedificase".
Se despide a Antonio Serrano, arpista y bajón de esta santa iglesia.
Pagándole Pedro de Chandia como depositario de la música, 200 ducados de ayuda de costa para el camino.
Se ordena al señor "racionero don Bernardino de Oviedo que remita luego a la contaduría de esta santa iglesia todo el dinero que hubiere cobrado de las letras que ha dado don Bartolomé Montesinos sobre los receptores de la sal de la Coruña y Betanzos".
Se concede un mes de cuento al señor racionero Martín Civicos "por haber estado muy enfermo".
Se mandan poner "edictos en las iglesias para las plazas de arpista, contralto, corneta y una capellanía mayor que están vacas en esta santa iglesia".
Se ordena que "el señor canónigo don Antonio de Briñas se vea con el padre abad de San Martín en razón de 23 ferrados de trigo que dicho convento tiene retenidos a la tenencia de Gamás, que está a cargo del señor maestrescuela don Diego Martínez de Yanguas"
Enfermedades
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Se nombran nuevos legados para ir a dar la bienvenida al señor don Juan de Austria, al haberse retrasado su llegada "por la indisposición con que se hallaba"; siendo elegidos los señores, el cardenal don Juan de Sevilla Roxano y don Benito de Navia.
Se ordena a Juan de Sanmartín Pascual, mayordomo capitular, pagar a los herederos del señor inquisidor don Antonio Ozores de Sotomayor, canónigo tesorero, los maravedís que se le debían de las hojas de su prebenda.
Se le conceden cuatro meses de cuento al señor don Benito de Trelles, chantre y canónigo de esta santa iglesia, para marchar a la villa de Madrid a "pedir la paga de los votos debidos a esta dicha santa iglesia en las Indias, para que se paguen en ellas como en España"
"Debido a la larga enfermedad que hasta ahora ha padecido el racionero don Antonio de Melgar", se ordena a "Pedro de Chandia, mayordomo del depósito de que goza la música, le de y pague 500 reales de moneda de vellón que se le libran de ayuda de costa".
Se ordena al mayordomo capitular Juan de Sanmartín Pascual, entregar "al síndico del convento de San Francisco de esta ciudad, 800 reales de vellón, librados por razón de limosna para dicho convento".
Se ordena al mayordomo capitular Juan de Sanmartín Pascual, pagar "al síndico del convento de San Lorenzo, orden de San Francisco de esta ciudad, 600 reales que se le mandan librar de limosna por cuenta de la mesa capitular".
Se ordena al mayordomo capitular Juan de Sanmartín Pascual, entregar a Francisco Pérez, acólito que fue de esta santa iglesia, 200 reales por cuenta de la media prebenda que gozaba, para ayudarle con los gastos de ordenarse
Se conceden 58 días de cuento al señor canónigo don Cristóbal García de León y Sierra por la "administración de los granos procedidos de los votos del partido de la ciudad de Ourense". Ordenando al mayordomo capitular Juan de Sanmartín Pascual, pagarle por cada uno de esos días, "seis ducados de vellón por cuenta de ambas mesas, arzobispal y capitular".
Se acuerda que el señor canónigo don José de Vega Verdugo, fabriquero de esta santa iglesia, "vea las obras de la sacristía de San Roque y del daño que en ellas se hace al hospital".
Se le conceden dos meses de licencia al señor racionero Melgar, músico contralto de esta santa iglesia, "para ir a tomar aires a su tierra" debido a la larga enfermedad que padece.
Se presenta por parte del señor canónigo don Antonio Sánchez de Ponte y Andrade, "administrador de la memoria y obra pía que fundo la señora Mencía de Andrade y Álvaro García de Fufín, su marido, la nómina de las seis doncellas que han de ser admitidas en dicha memoria para los frutos de este presente año de 1670"; con una dote para cada una de ellas de 50 ducados, "las cuales siendo casadas y veladas y cumpliendo con lo dispuesto por dichos fundadores, se les pagará la dicha cantidad"
Se acuerda escribir al señor inquisidor para agradecerle "la plaza que dio al señor canónigo doctor" don Francisco de Vega Terán como fiscal en el tribunal de la santa inquisición de Llerena.
Se otorga licencia al señor doctor don Francisco Sanmamede de la Pena y Montaos, tesorero, "para que haga su viaje a Madrid" respecto a las "pretensiones del señor don Alonso de la Peña Montenegro, obispo y señor de la ciudad y obispado de Quito en el Perú".
Se ordena al veedor de esta santa iglesia "a cuyo cargo estaba la bodega donde está el vino que se gasta en las misas que en ellas se dicen a los misarios de las capillas", doble el vino de lo que hacía hasta ahora para una de las dichas capillas "y que el vino sea de buena calidad".
Se ordena al mayordomo del depósito de la música, pagar a Sebastián Suárez 30 ducados librados de ayuda de costa "para ayuda de los gastos de su enfermedad y funerales de su mujer".
Se ordena al mayordomo del depósito de la música, entregar a don Antonio de Villar, racionero músico de tiple, 100 ducados "en gratificación de lo bien que ha obrado y se espera lo continuará en lo que le fuere de obligación"
Se acuerda prestar las "colgaduras de brocateles que que sobraren en la festividad y octavario del glorioso apóstol", "para colgarlas en la iglesia de la compañía de Jesús".
Se ordena al mayordomo capitular Juan de Sanmartín Pascual, "pagar a Juan de la Pena, acólito de esta santa iglesia, 50 reales" de ayuda de costa por la enfermedad que padece.
Se ordena al mayordomo capitular Juan de Sanmartín Pascual, pagar a "Pedro González, misario en la capilla de las Ánimas, 50 reales de vellón" de ayuda de costa por la enfermedad que padece
Se ordena hacer título a don Gómez Pereira de Castro del oficio de regidor de Pontevedra.
Se da cuento al doctor Aldana por el tiempo en el que estuvo enfermo
Al presentar el canónigo don Bernardo González la “certificacion del doctor Rodriguez medico en esta ciudad” de la necesidad de “tomar los ayres fuera de la ciudad para su conbalecencia”, se ordena concederle los quince días de cuento solicitados.
Después de notificar que Antonio de la Torre “uno de los beynte capellanes mayores desta santa yglesia abia ydo con poder para tomar quentas de la hacienda de don Diego de Araujo y sus fiadores a la villa de Biana del Bollo y para aforar y arendar y reconocer los reparos que se abian echo” y “de las quentas que abia tomado el señor don Gabriel Sarmiento a don Pedro de Agüero administrador que abia sido de dicha hacienda”; se ordena “se de un tanto de la quenta y alcance contra dicho Pedro de Aguero al señor don Juan de la Pedrica chantre desta santa yglesia” para “recobrar el prado y casa de dicha hacienda y asimismo para si ubiese persona que quisiere conprar o aforar dicha hacienda”.
Se otorga poder al señor doctor don Pedro de Argüelles y Valdés y al agente don Juan de Ulloa, residentes en la villa de Madrid, “para conprar un juro a don Niculas Gonzalez de Miranda”.
Se resuelve que “por quenta de las ojas de los fiadores de las thenencias que tubo el señor” cardenal don Antonio de Munibe sobre la media anata de la “tenencia grande de mencia de andrade en la granja del coto de Mugares y Freijendo”, se le pague al señor racionero don Jacobo Pérez de Luaces los “quatrocientos y beinte reales que ynportaron los desperfectos” de la dicha tenencia.
Se acuerda que el señor canónigo don Andrés Martínez de Loaisa “ajuste el quento que se le debe dar” al racionero sochantre “don Juan de Eyria Salgado”, al alegar el dicho sochantre que había “venido desde la yglesia de Salamanca a serbir dicha racion en catorce de abrill del ano pasado de” 1675 y no se le había contado desde dicho día.
Se acuerda que “no ha lugar a la ayuda de costa” de su salario de un año entero solicitada por el racionero músico tiple don Juan de Gastea.
Después de referir el señor cardenal fabriquero don Manuel Suárez Patiño “la falta de metal para la canpana grande que estaba fabricando y que serian necessarios unos catorçe mill reales de moneda gruessa para la fundicion della y que por no tener dinero de la fabrica por los selarios que estaba pagando a los maestros”, se acuerda concederle dicha cantidad al señor fabriquero “que se allaren ansi en dinero gruesso como en otra hespecie en el archibo desta santa yglesia”.
Se acuerda que “no ha lugar a lo que piden los clerigos cofrades de la concepcion” “respecto de no querer seguir ningun pleito sin ajustarse a lo que dichos señores conociessen se debia de hacer en justiçia por hescussar los gastos que se les podian seguir”.
Se ordena al mayordomo del depósito entregar doscientos reales de vellón a “Andres Lopez de Berredo ministril de bajon desta santa yglesia” por hallarse “abia mucos dias enfermo”.
Se ordena prestar “las colgaduras de brocateles” solicitadas por don Pedro de Arce Calderón, tesorero del santo oficio de la Inquisición de este reino para “la festibidad de nuestra señores de la conpcesion que se celebra el dia cinco de julio de que se alla mayordomo en el conbento de san francisco”.
Se concede al licenciado Antonio de la Torre, uno de los capellanes mayores, con 170 reales de vellón y veinte y dos días de cuento “por la ocupasion que ha tenido en la jornada de Viana del Vollo donde fue de orden del cauildo a reconozer el estado de la hacienda de don Diego de Araujo y sus fiadores”
Se ordena entregar al señor fabriquero “el pontifical que había quedado por muerte del señor obispo de Bizerta don Juan Riquelme, cardenal que fue desta santa iglesia, con la memoria que contenían las alhajas del, así de plata y oro, como de telas”.
Después de realizar la diputación tocante “a la obra y reconocimiento de la torre del reloj”, el maestro de San Martín Diego de Romay se refirió a “las dificultades que se ofrecían en no llevar el primer cuerpo que se fabricaba todo lo ancho que era necesario” y “el riesgo que parece amenazaba las quiebras de dicha torre”, respondiéndole los maestros que “solo hallaban ser necesario fundar un arco que resistiese la bóveda de la iglesia, así a la parte de la torre que correspondía a la pila de alabastro para fabricar el cortad” y “que con dicho arco quedaba segura y se podía ensanchar el cuerpo primero media vara más en cada uno de los dos costados con que llevaba bastante ancho y que en cuanto al corazón de dicha torre estaba con toda seguridad para poderse fabricar la obra que se hacía”. Acordando por todo ello “que el señor fabriquero don Manuel Suárez Patiño haga executar dicha obra de la manera y forma que está declarado por dichos maestros”. Y para la fábrica de la campana se debe “comprar el estaño que fuere necesario para la liga respecto de no haberse hallado el metal”.
Se da el primer tratado para “el remate de las tenencias que están vacas por muerte del señor cardenal Gradín”.
Se nombran legados para dar la bienvenida al “señor oidor don Paulo Arias Temprado, presidente de la Real Audiencia deste reino, que viene al ofertorio que se ha de hacer a nuestro sagrado apóstol”.
Se ordena al mayordomo de la mesa capitular pagar al señor colector don Blas de la Concha “el subsidio y excusado que toca a la mesa capitular de la paga de fin de marzo deste año”.
Se notifica el agradecimiento que dio al cabildo “la marquesa de las Minas y condesa de Prado en el reino de Portugal”, la cual había venido a visitar el santo apóstol, “por el sumo reconocimiento y estimación de las honras que había recibido”.
Se acuerda responder al señor conde de Aranda, gobernador y capitán general deste reino, por la intercesión realizada con Diego González Tubio.
Se acuerda responder a la santa iglesia de Santo Domingo de la Calzada respecto al “breve expedido por la santa congregación de cardenales para que el señor obispo de dicha santa iglesia residiese en una de las dos iglesias catedrales”.
Se acuerda responder a la carta del señor don Alonso Núñez de Godoy, oidor de la Real Chancillería de Granada, al haber sido nombrado “juez protector de las rentas de los votos desta santa iglesia en el distrito de aquella Real Chancillería”.
Se acuerda que para validar la renuncia de la prebenda en coadjutoría que el señor doctor don Francisco de Vega Terán, canónigo desta santa iglesia, inquisidor de Llerena, quería realizar en su sobrino, éste debía presentarse ante el cabildo para “dar el cumplimiento a lo que pide el dicho señor don Francisco”.
Propuesto realizado por el señor arcediano don Juan de Llanos “sobre el cuento y residencia que se había de tener con los señores propietarios y coadjutores cuando estaban enfermos”.
Se acuerda dar querella de fuerza contra el señor rector de San Pedro de Nos por percibir los diezmos que trae en foro Sebastián Cacharro.
Se conceden dos meses de cuento al señor licenciado Gregorio de Padín, uno de los capellanes mayores desta santa iglesia, “para ir a convalecerse fuera desta ciudad” por la enfermedad larga que padece, al presentar la certificación del doctor Gregorio Rodríguez, médico desta santa iglesia.
Se acuerda que “el señor vicario, el señor fabriquero, con asistencia del maestro de capillas y organistas, reconozcan la obra” del “órgano grande que está en la sera del coro del señor deán”, realizada por José Fernández de Caamaño, afinador de los órganos desta santa iglesia y dos oficiales que le habían asistido. Mientras se decide “lo que se le puede dar de satisfacción”, se le libran 1.000 reales por parte del mayordomo del depósito de Granada.
Se acuerda escribir a don Gerónimo de Miranda, músico contralto de la santa iglesia de Salamanca, para que tanto él como su hermano retornen a Santiago con el mismo salario.
Se ordena a Pedro de Chandia, mayordomo capitular, pagar 100 reales de vellón por cuenta de la limosna ordinaria a “Francisco de Pazos, presbítero, vecino de la feligresía de San Pedro de Filgueira, obispado de Tui” por haber estado malo en el Hospital Real y para volverse a su patria
Se trata en el cabildo la legacía enviada por la ciudad "en razón de los reparos de las murallas" "para que no entrase ninguna persona infeccionada de la peste que había en Cartagena". Concluyendo que no se realizaría ningún reparo debido a la debilidad de la muralla y que no tenía "ninguna resistencia para cosa de provecho".
Se acuerda responder al señor don Alejandro Ortíz de Zárate, canónigo de Segovia, procurador general del estado eclesiástico "sobre pretenderse minorar las reservas de juros".
Se acuerda escribir "al señor administrador de Granada, don Alonso Bravo de Buiza, arcediano de Nendos, en razón de las diligencias y apelaciones del pleito con el señor arzobispo de pretender nombrar factores".
Se concede cuento al señor doctor don Pedro Valdés Feijoo, canónigo lectoral de cánones desta santa iglesia hasta el día de todos los santos debido a la enfermedad con que se halla ha mucho tiempo.
Se acuerda la "forma que ha de guardar el señor chantre y señores dignidades en el servicio del coro y altar", acordando ejecutar en todo momento el auto capitular de 24 de 1642 y a quien no lo cumpla se le multará con 10 ducados.
Se acuerda notificar "el auto capitular antecedente demandado de dichos señores al licenciado señor don Juan de la Pedriza Agüero, chantre de dicha santa iglesia" "para que en todo cumpla con su tenor"